TP 1er año ef N. Señora

 Elementos para comprender algunas cuestiones legales de la EF
ver

6 comentarios:

Anónimo dijo...

Toda informacion que se haga en este blog sirvee y muchoo!

Abrazo



Ronchi Nicolas

Anónimo dijo...

muchas graciass!! sirve mucho lo q publica usted Fernando... saludos

eliana criado

Wendy Decibe dijo...

DONDE CARGO EL TP DE NUESTRA SEÑORA? EL DE LAS LEYES?

Anónimo dijo...

LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL LEY 26.606 Fecha de promulgación: 27/06/2007
EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
Capitulo II
EDUCACIÓN INICIAL
Articulo 20. Son objetivos de la educación inicial:
a. Promover el aprendizaje y desarrollo de los/as niños/as de CUARENTA Y CINCO (45) días de edad inclusive, como sujetos de derechos y partícipes activos/as de un proceso de formación integral, miembros de una familia y de una comunidad.
d. Promover el juego como contenido de alto valor cultural para el desarrollo cognitivo, afectivo, ético, motor y social.
f. Favorecer la formación corporal y motriz a través de la educación física.
Capitulo III
EDUCACIÓN PRIMARIA
Articulo 27. La educación primaria tiene por finalidad proporcionar una formación integral básica y común y sus objetivos son:
f. Desarrollar la iniciativa individual y el trabajo en equipo y hábitos de convivencia solidaria y cooperación.
j. Brindar oportunidades para una educación física que promueva la formación corporal y motriz y consolide el desarrollo armónico de todos/das los/as niños/as.
k. Promover el juego como actividad necesaria para el desarrollo cognitivo, afectivo, ético motor y social.
Capitulo IV
EDUCACIÓN SECUNDARIA
Articulo 30.La educación secundaria en todas sus modalidades y orientaciones tiene la finalidad de habilitar a los/as adolecentes y jóvenes para el ejercicio pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuación de estudios. Sus objetivos son:
j. Promover la formación corporal y motriz a través de una educación física acorde con los requerimientos del proceso de desarrollo integral de los/as adolecentes.
E-MAIL: revistadeeducacion@ed.gba.gov.ar alumna:CARLA VILARDEL


disculpe fernando, es que no lo podia agregar por otro medio!! no entiendo bien!! espero sirva igual

Anónimo dijo...

german salazar



que maestro fernando usted tiene que ser el director ya!!!

una lastima que no le toco hablar en el congreso


un abrazo!!

Anónimo dijo...

Yo le mando el trabajo de las leyes a su correo electronico, se lo mande dos veces, el ultimo es el valido!

gracias

Ronchi Nicolas

ticsysudor

14 de septiembre de 2010

TP 1er año ef N. Señora

 Elementos para comprender algunas cuestiones legales de la EF
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6 comentarios:

Anónimo dijo...

Toda informacion que se haga en este blog sirvee y muchoo!

Abrazo



Ronchi Nicolas

Anónimo dijo...

muchas graciass!! sirve mucho lo q publica usted Fernando... saludos

eliana criado

Wendy Decibe dijo...

DONDE CARGO EL TP DE NUESTRA SEÑORA? EL DE LAS LEYES?

Anónimo dijo...

LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL LEY 26.606 Fecha de promulgación: 27/06/2007
EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
Capitulo II
EDUCACIÓN INICIAL
Articulo 20. Son objetivos de la educación inicial:
a. Promover el aprendizaje y desarrollo de los/as niños/as de CUARENTA Y CINCO (45) días de edad inclusive, como sujetos de derechos y partícipes activos/as de un proceso de formación integral, miembros de una familia y de una comunidad.
d. Promover el juego como contenido de alto valor cultural para el desarrollo cognitivo, afectivo, ético, motor y social.
f. Favorecer la formación corporal y motriz a través de la educación física.
Capitulo III
EDUCACIÓN PRIMARIA
Articulo 27. La educación primaria tiene por finalidad proporcionar una formación integral básica y común y sus objetivos son:
f. Desarrollar la iniciativa individual y el trabajo en equipo y hábitos de convivencia solidaria y cooperación.
j. Brindar oportunidades para una educación física que promueva la formación corporal y motriz y consolide el desarrollo armónico de todos/das los/as niños/as.
k. Promover el juego como actividad necesaria para el desarrollo cognitivo, afectivo, ético motor y social.
Capitulo IV
EDUCACIÓN SECUNDARIA
Articulo 30.La educación secundaria en todas sus modalidades y orientaciones tiene la finalidad de habilitar a los/as adolecentes y jóvenes para el ejercicio pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuación de estudios. Sus objetivos son:
j. Promover la formación corporal y motriz a través de una educación física acorde con los requerimientos del proceso de desarrollo integral de los/as adolecentes.
E-MAIL: revistadeeducacion@ed.gba.gov.ar alumna:CARLA VILARDEL


disculpe fernando, es que no lo podia agregar por otro medio!! no entiendo bien!! espero sirva igual

Anónimo dijo...

german salazar



que maestro fernando usted tiene que ser el director ya!!!

una lastima que no le toco hablar en el congreso


un abrazo!!

Anónimo dijo...

Yo le mando el trabajo de las leyes a su correo electronico, se lo mande dos veces, el ultimo es el valido!

gracias

Ronchi Nicolas